Cobrar Cuotas admon no adeudadas constituye fraude procesal.
Cobrar cuotas de administración no adeudadas o valores ya pagados constituye delito de fraude procesal. En sentencia de unificación de tutela 004 de febrero 8 de 2018, la Sala Plena de la Corte Constitucional consideró que el administrador de la propiedad horizontal que inicie procesos ejecutivos en contra de sus propietarios en mora, incluyendo en…